Permisos AM, A2, B

Permiso AM

El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir:

       - Ciclomotores de dos o tres ruedas
       - Cuatriciclos ligeros
aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros.
La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos

Permiso A2

El carnet de A2 se puede obtener a partir de los 18 años. Permite conducir motocicletas de más de 125 cc, con una potencia máxima de 35 Kw y una relación potencia/masa de hasta 0,2 Kw/Kg.

-Su obtención implicará la concesión del permiso AM y A1.

Permiso B

Edad mínima para obtenerlo: 18 años, aunque puedes examinarte del teórico con 17 años y 9 meses. Te habilita para conducir:
-Ciclomotores de 2, 3 y 4 ruedas.
-Motocicletas de hasta 125 c.c. (permiso A1), siempre y cuando
se tenga un antigüedad de 3 años en el permiso de la clase B, sólo por territorio nacional.
-Vehículos para personas de movilidad reducida.
-Triciclos de motor. No se pueden conducir los que exceden de 15 Kw hasta los 21 años cumplidos.
-Cuadriciclos de motor.
- Automóviles que no excedan de 3.500 kg de M.M.A. y cuyo número de asientos, incluido el
del conductor, no exceda de 9.
-Conjunto de vehículos, compuestos por un automóvil de los autorizados por este permiso y un remolque de M.MA. no superior a 750 Kg.
-Vehículos especiales, hasta 9 plazas:
- Obras y servicios: cuya velocidad máxima autorizada no
exceda de 40 km/h y que su M.MA. no exceda de 3.500 Kg.
Si se excede alguno de estos límites. se requerirá el permiso de
conducción que corresponda a su M.M.A.
-Agrícolas: autopropulsados o sus conjuntos.

 

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